Delito informático
Daños informáticos y coacciones al bloquear el acceso al servidor
Un reciente caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo (TS) y trata sobre un empleado de una empresa que, tras una disputa con la compañía sobre cobros pendientes, bloqueó el acceso al servidor informático de la empresa y cifró los datos. Esto provocó que la actividad de la empresa quedara completamente paralizada y se generaran importantes pérdidas económicas.
El primer juzgado que estudió el caso consideró que el comportamiento del trabajador era claramente delictivo según el Código Penal y lo condenó por dos delitos: daños informáticos y coacciones. Las penas incluyeron tanto la cárcel como una obligación de pagar a la empresa los daños causados. Para el tribunal al no poder acceder al servidor, la empresa quedó completamente bloqueada y, además, que el trabajador intentó presionar a la empresa para que le pagara lo que reclamaba, llegando la empresa a entregar un cheque (que luego anuló) bajo esa presión.
La Audiencia Provincial revisó el caso y, aunque mantuvo los hechos y la condena, sí modificó la forma de aplicar las penas, considerándolas cometidas en concurso medial (cuando unos hechos son medio para otros), lo que implica una sola pena más elevada.
El caso llegó hasta el TS. Allí solo se pueden debatir errores de aplicación de la ley (no si ocurrieron o no los hechos). El TS confirma que el delito de coacciones sí estaba consumado y no en grado de tentativa, ya que la entrega del cheque bajo presión supone que la amenaza surte su efecto. Igualmente, considera que los daños informáticos encajan ya que la paralización empresarial es suficiente para ello. Por último, el TS rechaza revisar el importe fijado en concepto de indemnización, explicando que no es su función volver a valorar las pruebas ni los hechos, salvo que se aprecie un error muy claro, cosa que en este caso no sucede.
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